Preguntas Frecuentes
ASAMBLEAS

Toda persona que quiera colaborar con la Escuela y su Cooperadora puede participar de la asamblea. Sólo tendrán voz y voto los socios/as activos/as al momento de la misma, eso quiere decir, aquellos socios/as que tienen la cuota social al día.

La Asamblea Anual Ordinaria debe convocarse con una antelación de treinta (30) días corridos a la fecha de la asamblea.

Las Asambleas Extraordinarias deberán ser convocadas en un plazo no mayor a quince (15) días ni menor a cinco (5).

Luego de respetar los tiempos de espera establecidos en la normativa, se puede dar comienzo a una Asamblea siempre y cuando el mínimo de socios/as duplique la cantidad de integrantes de la comisión directiva. Ej: si la comisión está integrada por 8 miembros como mínimo debe haber 16 socios/as en la asamblea. 

 

ASESOR/A DE LA COOPERADORA

El/la Director/a cumple el rol natural de ser el/la asesor/a de la cooperadora por lo cual no puede asumir ningún cargo en la comisión por ser incompatibles dichas funciones.  

En los casos donde el/la asesor/a de la cooperadora se encuentre ausente de la institución, será reemplazado/a por quien se encuentre a cargo de la misma (vicedirector/a, secretario/a, docente con mayor antigüedad, etc) hasta tanto se reintegre el/la asesor/a. 

LIBROS DE LA COOPERADORA

Los libros y documentación de las Cooperadoras deberán quedar invariablemente guardados en la institución escolar. Deberán resguardarse en un espacio físico compartido entre el equipo directivo y la comisión directiva para garantizar el acceso. Los libros deben llevarse anualmente y conservarse por el término de 10 años. 

Los libros de la Cooperadora no necesariamente deben ser aquellos destinados específicamente a ese uso sino que puede ser cualquier libro de tapa dura y no anillado. Para que sean válidos deberán ser rubricados y foliados por el Consejo Escolar del distrito. 

 

En este libro se registran todos/as los/as socios/as, mayores de edad, de la Cooperadora como pueden ser familias, vecinos/as, etc.

No pueden registrarse en este Libro a los/as alumnos/as del establecimiento a menos que tengan la mayoría de edad y voluntariamente abonen la cuota.

En el libro de Inventarios deben estar registradas todas las bajas y altas de los bienes muebles pertenecientes a la Asociación Cooperadora, adquiridos por compra o donación. Por ejemplo, armarios, PC de la Cooperadora, ventiladores, instrumentos musicales, etc. Los bienes o materiales que se agotan, como pueden ser aquellos de librería, juguetería, etc. NO deben inventariarse. 

CUOTA SOCIAL, CAJA CHICA Y TRÁMITES ADMIN.

Se puede cobrar la cuota social por transferencia bancaria a la cuenta de la cooperadora en Banco Provincia o en efectivo. Su monto se fija en la Asamblea cada año y el valor de la misma solo puede modificarse en asamblea.

Téngase en cuenta que la cuota social no se abona por alumno/a. Es decir que un padre/madre que tenga varios/as hijos/as en la escuela no debe pagar por cada uno/a de ellos/as.

En el caso que un/a socio/a adeude más de tres meses de cuota social dejará de ser socio/a automáticamente. 

En caso que éste/a quiera volver a ser socio/a de la cooperadora NO deberá abonar deuda alguna, se registrará como nuevo/a socio/a.

Es el/la tesorero/a el/la responsable del dinero de caja chica y quien debe tenerlo en su poder. El dinero para la Caja Chica es el único dinero en efectivo que la cooperadora puede tener y debe ser utilizado para gastos menores y urgentes, por ejemplo: rotura de un vidrio, cerradura, cambiar una lámpara de luz, etc. El monto máximo del dinero en Caja Chica se establece en Asamblea Anual Ordinaria. 

Los tipos de facturas que puede aceptar la Asociación Cooperadora deben ser “B”, “C” o Ticket (más el Remito en el cual deben figurar los datos de la Cooperadora y el detalle de la compra). La factura NO debe confeccionarse como IVA EXENTO, debe ser como CONSUMIDOR FINAL.

Las cooperadoras al tratarse de organizaciones, y no de personas físicas, no pueden tener Cuenta DNI, el cual se trata de un servicio de billetera digital de Banco Provincia destinado únicamente a personas físicas. 

Respecto a Mercado Pago u otras billeteras virtuales las cooperadoras escolares no podrán tener usuario o cuenta en las mismas ya que no está autorizado por la normativa vigente.

Para obtener la constancia de saldo bancario con fecha al 30/4 existen las siguientes alternativas:

1- Solicitando en la sucursal bancaria el certificado de saldo.

2- Presentando copia de movimientos bancarios donde se vean reflejados los movimientos cercanos al 30/4

3-  Desde la dirección contamos con la información de los saldos bancarios de la mayoría de las cooperadoras escolares, en los casos donde no cuenten con ninguno de las posibilidades anteriores podrán solicitarnos el mismo a dcooperacionescolar@abc.gob.ar desde la cuenta de abc del establecimiento.

Tanto en ARCA ,ARBA, como Banco Provincia, las Cooperadoras Escolares cuentan con exenciones que en algunos casos deben tramitar. ¿Qué conceptos NO deben aparecer en el resumen del banco?:

1️. COMISIONES: Se trata de gastos bancarios de los cuales las Cooperadoras Escolares se encuentran exentas. Para que podamos realizar el reclamo, podés enviarnos un mail a dcooperacionescolar@abc.gob.ar con todos los datos de la cooperadora (Nombre y nº de la escuela, distrito, Nº de CUIT, Nº de la sucursal del banco y el nº de cuenta de la cooperadora) y un comprobante donde se vean reflejados dichos gastos.

COMISIÓN EXTRACTO DE CUENTA
El concepto de esta comisión corresponde al extracto se envía mensualmente por correo argentino al domicilio, y es comisionado por generarle al Banco un costo real.
Sólo podrá bonificarse esta comisión con el extracto virtual que se envía por e-provincia o se puede descargar en HomeBanking con el BIP EMPRESAS. Para esto deberán adherirse a e-provincia (con extracto de periodicidad Mensual) tramitándolo en la sucursal del Banco Provincia

2. IMPUESTO AL DÉBITO Y CRÉDITO: Este tipo de cobros corresponde a ARCA (ex AFIP), para estar exentos de dicho impuesto es necesario contar con la Exención al Impuesto a las Ganancias para luego poder solicitar la exención del impuesto al débito y crédito.

Link INSTRUCTIVO GENERAL DE AFIP:  https://abc.gob.ar/secretarias/areas/subsecretaria-de-educacion/cooperacion-y-participacion-comunitaria/cooperacion-escolar-2

3. INGRESOS BRUTOS: Este tipo de cobros corresponde a ARBA, por Resolución 29/19 las cooperadoras se encuentran exentas de inscribirse en Ingresos Brutos. Si tu cooperadora continúa inscripta, podrás tramitar la baja del mismo con el siguiente instructivo:

Link Instructivo: https://abc.gob.ar/secretarias/sites/default/files/2022-03/ARBA%20Instructivo%20Exenci%C3%B3n%20Ingresos%20Brutos.pdf

 

Las Cooperadoras que no se encuentren inscriptas en AFIP podrán solicitarnos la inscripción a afipcooperacionescolar@abc.gob.ar, para esto deberán tener el certificado de autoridades vigente y el estatuto de la cooperadora certificado por la Dirección de Cooperación Escolar

La inscripción va a contar con:

CUIT de la Cooperadora

Domicilio Fiscal electrónico

Vinculación del CUIT del/la Presidente/a y el de la Cooperadora

Ingresa a la página oficial de la Dirección de Cooperación y Participación Comunitaria, dónde podrás encontrar Instructivos y toda la información respectiva sobre cómo realizar cada trámite sin necesidad de contratar a un/a contador/a.

https://abc.gob.ar/secretarias/areas/subsecretaria-de-educacion/coopera…

Si necesitas asesoramiento personalizado, podés enviar un mail a afipcooperacióescolar@abc.gob.ar

DOCUMENTACIÓN DE ASAMBLEAS

1. Planilla de Información Anual (PIA). Completa de ambos lados

2. Nómina de Comisión Directiva. Completa

3. Saldos bancarios al 30/04

4. Informe de la Comisión Revisora de cuentas

5. Copia del Acta de la convocatoria a la Asamblea

6. Copia del Acta de la Asamblea Anual Ordinaria 

7. Copia del Libro de Tesorería donde consten los Cuadros Demostrativos de Recursos y Gastos de los Balances Anual comprendidos entre el 01/05 del año anterior al 30/04 del año en curso

8. En caso de poseer Kiosco o Librería Escolar:

    a. Licitado. Copia del contrato firmado vigente

    b. Propio. Nota firmada por la Comisión Directiva y Asesor/a detallando el tipo de kiosco y como se trabaja el mismo (quienes lo atienden, horarios, etc.)

9. Constancia de CBU

La memoria se trata de un simple texto escrito donde la Comisión Directiva pone en conocimiento a todos/as sus socios/as sobre las actividades que realizó en ese período, como pueden ser eventos, arreglos del edificio, beneficios que hubieran obtenido para la entidad, etc. Este documento debe publicarse en cartelera, leerse en la asamblea anual ordinaria y transcribirse en el libro de actas para finalmente entregarse junto con toda la documentación.

Los nuevos modelos de  planillas (nómina y Planilla de Información Anual) pueden encontrarlas en la página oficial de la Sub Dirección de Cooperación Escolar.

https://abc.gob.ar/secretarias/areas/subsecretaria-de-educacion/cooperacion-y-participacion-comunitaria/cooperacion-escolar-3

La documentación deberá enviarse digitalmente a través de formularios de google, que podrán encontrar en el siguiente enlace:

https://abc.gob.ar/secretarias/areas/subsecretaria-de-educacion/cooperacion-y-participacion-comunitaria/cooperacion-escolar-3

El formulario de google permite que la información sea cargada solamente desde una cuenta oficial de “@abc.gob.ar”, que puede ser la del establecimiento educativo, o de uno de los miembros del equipo directivo.

En caso de presentar inconvenientes para la carga, pueden consultar el siguiente instructivo 

https://drive.google.com/file/d/1qqia5t_TnmDyUZN23WqyG4KeDOLq5H9E/view?usp=sharing

Si estamos cerca del mes de Mayo sugerimos cargar la documentación perteneciente a esa Asamblea junto con la Asamblea del año en curso.

Una vez que la documentación fue subida al formulario de google, es recibida y analizada por esta Dirección.

La misma podrá ser APROBADA, y en ese caso recibirán un mail al correo oficial indicado por la Asociación Cooperadora, con un documento que certifique la aprobación de las autoridades.

En el caso que sea RECHAZADA, también se informará al correo oficial, indicando los motivos y los pasos a seguir.

Deberán solicitar la corrección respondiendo al mismo mail al que les haya llegado el formulario de certificación, aclarando los datos a corregir y los datos que deben figurar correctamente.

En el siguiente enlace pueden encontrar los pasos a seguir una vez que reciben el certificado de aprobación por parte de la Dirección de Cooperación y Participación Comunitaria.

 

https://abc.gob.ar/secretarias/sites/default/files/2024-06/Qu%C3%A9%20h…

REGULARIZACIÓN DE LA COOPERADORA

En una misma asamblea pueden tratarse hasta tres (3) ejercicios,  para aprobar los balances. Los mismos deberán ser aprobados por separado en la asamblea. Luego cargarán por cada ejercicio anterior el dorso de una PIA, el año en curso se deberá completar la PIA en su totalidad (ambas caras)

En los casos donde la cooperadora haya estado mucho tiempo sin funcionar, o no haya autoridades, no cuenten con los libros, etc, podrán solicitar la reorganización de la Asociación Cooperadora explicando la situación en nota, firmada por el asesor de la misma, y enviándola al Departamento de Cooperadoras y Cooperativas Escolares,  a través del mail oficial: dcooperacionescolar@abc.gob.ar

Para más info descargá el Manual de formación y fortalecimiento para Cooperadoras Escolares: https://abc.gob.ar/secretarias/areas/subsecretaria-de-educacion/cooperacion-y-participacion-comunitaria/cooperacion-escolar-2

COMISIÓN DIRECTIVA

¿Dónde encuentro el Estatuto de la Cooperadora Escolar?

 

Para la certificación de un nuevo estatuto de cooperadora es necesario primero descargar el modelo actualizado de la web https://abc.gob.ar/secretarias/areas/subsecretaria-de-educacion/cooperacion-y-participacion-comunitaria/cooperacion-escolar-7

Este estatuto debe ser completado en su totalidad (portada y art 15) y firmado por las autoridades, luego este debe ser aprobado por los socios en una asamblea extraordinaria (convocatoria 5 días como mínimo y máximo de 15 días), en esta asamblea el  orden del día será:

- Designación del Presidente y Secretario de la Asamblea.
- Designación de dos socios activos presentes para firmar el acta conjuntamente con el Presidente y Secretario de Actas de la Asamblea y el Asesor.
- Lectura y consideración del Estatuto.
- Lectura y firma del acta.

Luego nos envían en un PDF el estatuto completo (deberán verificar que todas las hojas estén ordenadas y bien enfocadas) y en otro PDF el acta de la asamblea, con esto podemos iniciar la certificación de estatuto.

NOTA: Este estatuto certificado ya será definitivo y digital, por lo que no será necesario hacerlo nuevamente en el futuro salvo que necesiten cambiar algo o se deba actualizar por normativa

 

En el caso que el establecimiento educativo haya cambiado su denominación, deberán realizar también el cambio en la Asociación Cooperadora para que la misma tenga validez.

Deberán enviar a la Dirección de Cooperación Escolar, dcooperacionescolar@abc.gob.ar  la resolución mediante la cual se produce el cambio de denominación del establecimiento educativo, y una copia del estatuto con el nuevo nombre de la Asociación Cooperadora (ver Necesitamos el Estatuto de nuestra Asociación Cooperadora y no lo tenemos en la institución ¿dónde podemos solicitarlo?)

Luego deberán aguardar la aprobación por parte de la Dirección de Cooperación Escolar.