Anexo IV

Protocolo para los actos de imposición de nombre de establecimientos educativos

    Los actos y conmemoraciones durante el año 2026 se regirán como pauta el artículo 198 del Reglamento General para las Instituciones Educativas, a saber:


    ▪ Recepción de autoridades por el/ la Director /a de la escuela y miembros de la Asociación Cooperadora.

    ▪ Firma del Registro de Actos y Fiestas Escolares o pergamino en la Dirección del Establecimiento.

    ▪ Traslado al lugar del acto.

    ▪ Ubicación de las autoridades.

    ▪ El/la Director/a del establecimiento permanecerá durante el acto a la izquierda de la máxima autoridad que lo presida.

    ▪ Izamiento de la Enseña Patria.

    ▪ Presentación de las autoridades asistentes por locutor/ra o un/una docente que asuma ese rol.

    ▪ Entrada de la Bandera de Ceremonia del Establecimiento acompañada por un/una docente, con los acordes de la marcha "A mi Bandera". La Bandera de Ceremonia se ubicará delante de las demás banderas invitadas.

    ▪ Entonación del Himno Nacional Argentino.

    ▪ Descubrimiento del sitio donde se encuentra el nombre y/o placas.

    ▪ Por decisión de la comunidad se podrán bendecir.

    ▪ Alocución por el/a Director/a del Establecimiento.

    ▪ Alocución por parte de un representante de la comunidad que haya impulsado el nombre u otra persona que el personal directivo crea conveniente.

    ▪ Palabras a cargo del/a Director/a General de Cultura y Educación o su representante, siempre  y cuando sea su deseo hacerlo.

    ▪ Retiro de la Bandera de Ceremonia escoltada por las banderas de otros establecimientos que concurran, con los acordes de la marcha "A Mi Bandera".

    ▪ Desconcentración.